¿Qué es la obligación mancomunada?

La obligación mancomunada es una modalidad de las obligaciones, la cual exige el cumplimiento a dos o más deudores, cada uno en su parte correspondiente o en su totalidad dependiendo si el objeto es divisible o indivisible.

En las obligaciones mancomunadas de objeto divisible, la deuda o el crédito se divide en partes, que se presumen iguales, aunque pueden no serlo, entre el número de deudores y acreedores existente, convirtiéndose en deudas y créditos diferentes unos de otros y totalmente independientes para cualquier vicisitud que pueda ocurrir.

En las obligaciones mancomunadas de objeto indivisible, cada uno de los acreedores o deudores ostenta una parte del crédito o deuda, de tal modo que sólo actuando conjuntamente podrán los acreedores realizar actos que los perjudiquen y los deudores cumplir con el pago.

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